sábado, 28 de diciembre de 2013

ORIENTA IMSS GUERRERO SOBRE EL REGISTRO DE PADRES CÓMO BENEFICIARIOS

En los Módulos de Atención y Orientación al Derechohabiente se otorga la información de trámites y requisitos

Por la importancia de que los derechohabientes tengan la información correcta sobre el  trámite y los requisitos que requieren para poder registrar a sus padres como beneficiarios, el delegado en Guerrero del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), José Luis Ávila Sánchez, los invita a que acudan a los Módulos de Atención y Orientación al Derechohabiente ubicados en las unidades médicas y hospitales del Instituto.

Los trabajadores que son afiliados al IMSS, una vez dados de alta por su patrón, tienen derecho a registrar a su esposa (o) e hijos (menores de 16 años de edad o hasta 25 años de edad mientras presenten constancia de estudios actualizada), además del padre y/o la madre que comprueben que dependen económicamente del asegurado y viven en el mismo domicilio.

La jefatura de Afiliación y Cobranza del IMSS señaló que para el registro de los padres, el trámite se debe hacer necesariamente en compañía del asegurado, ya que responderán de manera individual a cuestionarios del Instituto para determinar la convivencia y dependencia económica señaladas en el artículo 84 de la Ley del Seguro Social.

“Cuando los padres no dependen económicamente del asegurado, es decir que se mantienen económicamente de manera independiente y/o viven en su propia casa y no en el hogar del (la) asegurado (a), el registro no procederá”, recalcó.

Agregó que el artículo 314 de la Ley del Seguro Social, menciona que se considerará como fraude y se sancionará como tal, en los términos del Código Penal Federal, el obtener, así como el propiciar la obtención de los seguros, prestaciones y servicios que la Ley establece, sin tener el carácter de derechohabiente, mediante cualquier engaño o aprovechamiento de error, ya sea en virtud de simulación, sustitución de personas o cualquier otro acto.

“La Ley del Seguro Social es muy clara y si no se cumplen sus especificaciones, nosotros como Instituto no podemos realizar el registro”, añadió.

El asegurado debe presentarse en compañía de los padres al área de sector técnico de la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda. Se llenarán exclusivamente los formatos o cuestionarios proporcionados por el Instituto.

Los requisitos que se deben presentar para este trámite son: del asegurado algún documento donde conste su Número de Seguridad Social, en original la credencial ADIMSS o identificación oficial (credencial de elector, cartilla del Servicio Militar Nacional, pasaporte vigente o cédula profesional, original o copia certificada del acta de nacimiento, acta de adopción o de reconocimiento, según corresponda, comprobante de domicilio a nombre del asegurado(a) y del padre o de la madre, en original y de los padres la credencial ADIMSS o identificación oficial (credencial para votar IFE o cartilla del Servicio Militar Nacional o pasaporte o cédula profesional).

El IMSS Guerrero reitera la invitación a sus derechohabientes para que, en caso de tener alguna duda sobre trámites y/o requisitos, acudan a los Módulos de Atención y Orientación al Derechohabiente, donde podrán informarles adecuadamente y orientarlos sobre el proceso a seguir.