viernes, 22 de febrero de 2013

OFRECE IMSS SEGUROS VOLUNTARIOS PARA LA POBLACIÓN EN GENERAL


Son cuatro tipos que pueden ser adquiridos anualmente.  El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) Delegación Guerrero informa a la población en general sobre los diversos tipos de seguros que se ofrecen para apoyar a los derechohabientes y tener servicios médicos.

Son cuatro los seguros: Seguro de salud para la familia, Continuación voluntaria al régimen obligatorio, Seguro para el trabajador doméstico y el Seguro del ejidatario.

El Seguro de Salud para la Familia –Modalidad 33- es uno de los esquemas opcionales de aseguramiento que el IMSS ofrece para las personas que no están laborando pero que buscan proteger a sus familiares medicamente.

La jefa de Supervisión y Vigencia de Derechos de la Delegación Guerrero del Seguro Social, Angela Núñez Maya indicó que para obtener este seguro voluntario se realiza un pago anual y por persona.

La vigencia empieza a correr a partir del primer día del mes siguiente al pago, y aclaró que en esta particularidad no se cotiza semanas,  únicamente para servicio médico, sin derecho a guarderías ni incapacidades.

“Este seguro lo puede adquirir el núcleo familiar de forma completa si el asegurado en este momento cuenta con una baja y quiere continuar con la atención medica que requieran sus beneficiarios puede ser adquirido en cualquier de nuestras subdelegaciones. Es por pago anual”.

Los familiares directos son quienes pueden tener acceso a este seguro como son: Esposa o concubina (o); hijos, padre y madre, explicó Núñez Maya.

Aclaró que en la adquisición del seguro aplica únicamente para el titular y para los que se afilian por primera vez y ya son mayores de edad.

Asimismo si el trabajador cotizó con un patrón más de “52 semanas dentro de los últimos 5 años, quiere decir que puede juntar las semanas con distinto patrón y si no tiene más de un año de su última baja con patrón se le vende con todos los derechos, al asegurado y a sus familiares, siempre que compruebe que los tenia asegurados como sus beneficiarios, (un año equivale a 52 semanas cotizadas).

También si nunca ha trabajado con un patrón, o ya rebasa más de un año de su última baja con el ultimo patrón, se le vende, con un año de restricciones medicas a todo el núcleo familiar, con derecho únicamente a servicio médico familiar, sin derecho a cirugías, hospitalización, especialistas, y deben de venir completamente sanos, no embarazadas, reiteró.

Si cotizó más de 52 semanas con patrón o más de un año dentro de los últimos  cinco años, puede también adquirir la modalidad 40, Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Estas cotizaciones son únicamente para el derecho a una pensión.

La Modalidad 40, explicó, no es para atención médica sino para invalidez, y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. “Esto queda inscrito con el último salario o superior al momento de la baja. El cálculo lo realizan al momento de la contratación”. Para esta modalidad los pagos son mensuales y deberá de presentar una copia del pago cada dos meses en el Departamento de  Afiliación en el área de Seguros Especiales.

Esta solicitud se debe hacer por escrito, dirigida al subdelegado correspondiente, anexando copia de la credencial de elector, comprobante de domicilio, documento donde aparezca su número de seguridad social.

En lo que se refiere al Seguro para el Trabajador Doméstico -Modalidad 34- puede ser contratado para el titular, esposo(a) y padres, así como a los hijos de cero a 19 años de edad.

Cuando es alta por primera vez, se debe presentar el asegurado y el patrón para firmar el formato aviso de registro patronal. Si es renovación únicamente con la copia del afil-05 del pago anterior, y el  trámite lo puede realizar  el trabajador.

Si trabajó con un patrón un año ininterrumpidamente y lo adquiere dentro de los 45 días hábiles (dos meses) posteriores a la baja: se adquiere sin restricciones médicas, al asegurado y a su familia, siempre y cuando hayan estado registrados como beneficiarios legales.

Otra modalidad es el Seguro Ejidatario –modalidad 43-. Aquí se requiere el certificado de derechos agrarios y/o oficio de la Procuraduría Agraria. Puede ser adquirido por el titular, esposo (a), para sus padres e hijos de cero a 19 años de edad.

En esta modalidad cotizan únicamente para pensión por vejez a los 65 años de edad, y se recuerda que el servicio médico inicia a partir del primer día del mes siguiente, al que se realizó el pago.

Núñez Maya insistió que estas opciones que ofrece el IMSS a la población en general con de gran ayuda, debido a que su salud y la de sus familiares estará garantizada.